A partir del 1 de enero de 2016 indicaremos en el tipo de trámite de renovación que queremos realizar el tipo de permiso «C, D, …» del grupo 2 en vez del tipo BTP, que aunque lo tenga también caducado, no se podrá renovar desde el 1 de enero.

Es decir, en vez de indicar BTP indicaremos renovar cualquier otro permiso del grupo 2
(que también caducan a la vez).
Equipo Psicotécnico

*Información para conductores

Si has perdido o te han robado el permiso o licencia de conducir debes acudir a Tráfico y solicitar un duplicado. Los centros de reconocimiento aún no tienen potestad para llevar a cabo esta tarea, salvo que el permiso estuviese caducado antes de perderlo. En caso contrario, si el permiso se encontrara en vigor, debe acudir a su oficina de Tráfico más cercana con cita previa (aquí) y los siguientes documentos:

  • Impreso oficial (aquí).
  • Tasa: según trámite (ver hoja informativa).
  • Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor.
  • Una fotografía actualizada, de 32 x 26 mm. en color (si su permiso está expedido en soporte de cartulina. En el caso de permiso expedido en tarjeta de plástico, no es necesario aportar fotografías.) Cuando se trate de solicitantes que por su religión lleven el cabello cubierto , se admitirán las fotografías con velo, siendo la única limitación para su admisión, que el óvalo del rostro aparezca totalmente descubierto desde el nacimiento del pelo hasta el mentón, de forma que no impida o dificulte la identificación de la persona .
  • El permiso o licencia de conducción original, en los supuestos de solicitud de duplicado por deterioro, variación de los datos y, en este supuesto, además, el documento que acredite la variación de los datos que figuran en el permiso o licencia.

Las Jefaturas de Tráfico ya no aceptan el pago en efectivo, así que lo mejor es acudir con tarjeta de crédito. Si no tiene, le entregarán un recibo con el importe de la tasa a pagar para que efectue el pago en la sucursal bancaria correspondiente, vuelva para entregar el justificante de pago y conseguir el duplicado de su licencia o permiso.

Fte:dgt

*Información para conductores

La maniobra de giro comienza cuando decidimos incorporarnos a otra vía. Si lo hacemos en carretera, deberemos tener en cuenta el factor velocidad, es el riesgo número uno; en cambio, en poblado, lo son la multitud de usuarios y la gran cantidad de información concentrados en poco espacio, de forma que conviene ser especialmente precavido.

En cualquier caso, antes de girar siempre hay que observar mucho y a lo lejos. Y adaptar la velocidad a la situación y señalizar. Todos los cambios de dirección deben advertirse con suficiente antelación a los vehículos que circulen por detrás y habrá que cerciorarse de que la velocidad y distancia de los vehículos que se acerquen en sentido contrario permite efectuar la maniobra sin peligro.

Situarse correctamente en la vía es el siguiente paso. Como norma general, si cambiamos de dirección a la derecha, nos ceñiremos al borde derecho de la calzada. Y si el giro es a la izquierda, lo haremos al borde izquierdo, siempre sin invadir el sentido contrario.

Podemos encontrar muy distintas situaciones (ver infografías) y, en todos ellas, la colocación correcta del vehículo es fundamental para ejecutar la maniobra con seguridad en el menor espacio y tiempo posibles. El giro debe hacerse siempre en ángulo recto. Y muy importante, especialmente en ciudad: al acceder a la nueva vía deberemos extremar la atención y ceder el paso a todos los peatones o ciclistas que encontremos cruzando, existan o no pasos señalizados.

Fte:DGT

*Información para conductores

Lo primero que debes saber es que si la batería está completamente descargada no te servirá este truco y lo segundo, es que puede ser problemático para tu vehículo, ya que el catalizador puede dañarse porque el carburante sale por el escape sin quemar. Así que hazlo únicamente en caso de urgencia.

Comenzando con metodología, debes estar en pendiente o contar con otra persona ya que necesitarás que el coche se mueva, ya sea quitando el freno de mano o empujándolo por alguien externo.

Durante el movimiento del coche, debes haber puesto punto muerto y accionar el contacto. Sé cuidadoso, porque el freno estará rígido, por lo que si coges demasiada velocidad podrías tener un problema.

Ya en movimiento y teniendo los requisitos anteriores en cuenta, tienes que esperar a coger una velocidad de alrededor de 10 km/h, para entonces pisar el embrague hasta el fondo y poner la segunda marcha. Si llevas tiempo con tu coche será mucho más fácil controlar los tiempos.

Tras cumplir con todos estos puntos, ya sabremos cómo arrancar un coche sin batería, siempre que la batería no esté completamente vacía. El mejor consejo de seguridad después de un suceso como éste, es que te dirijas a tu taller, porque si acabas rompiendo el catalizador te puede suponer hasta 500 euros arreglarlo, además que siempre estarás conduciendo menos seguro.

Fte: motor Mapfre

Información para conductores

A las 15:00 horas de ayer miércoles 23 de diciembre, la Dirección General de Tráfico puso en marcha el dispositivo especial Navidad 2015-2016 para regular, vigilar y dar seguridad a los 13,6 millones de desplazamientos previstos por carretera durante estas fechas. Dicho dispositivo finalizará a las 24:00 horas del miércoles 6 de enero de 2016.

La Operación Navidad se desarrollará en tres fases coincidiendo con las festividades propias de estas fechas:

  • La 1ª fase “Navidad” se desarrollará del jueves 24 al domingo 27 de diciembre de 2015.
  • La 2ª fase “Fin de Año”, del jueves 31 de diciembre de 2015 al domingo 3 de enero de 2016.
  • 3ª fase “Reyes”  Final de la Operación, se desarrollará del martes 5 al miércoles 6 de enero de 2016.

El dispositivo puesto en marcha tiene como objetivos principales:

  • Facilitar la movilidad y fluidez del tráfico, así como velar por su seguridad vial en las carreteras, accesos a zonas turísticas y de montaña y accesos a grandes núcleos urbanos, donde se prevén desplazamientos masivos de vehículos.
  • Mantener las debidas condiciones de seguridad vial y la circulación para toda clase de vehículos en las carreteras con tramos o zonas afectadas por condiciones meteorológicas adversas.
  • Informar de forma puntual y gratuita sobre cualquier incidencia en carretera a través de los medios de los que dispone la DGT: aplicación para móviles APP DGT, a través de Twitter en @informaciónDGT, @DGTes, en la página web www.dgt.es y en las numerosas conexiones de radio que realiza el Servicio de Información de Tráfico en  las distintas emisoras).
  • Ayudar y vigilar a los usuarios de la carretera a través de los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, helicópteros y cámaras de televisión de la DGT.

Puedes encontrar más información en la página de la DGT

Fte: DGT

 

Información para conductores

Con la última reforma del Reglamento General de Circulación que fue aprobado en verano de este año, se puede conducir a 130 km/h en determinados tramos de autopistas y autovías debidamente señalizadas para ello a través de los paneles de información. En total son 1.500 kilómetros aproximadamente, lo que supone tan sólo el 1% de la red de carreteras generales de nuestro país. Estas zonas cuentan con excelentes condiciones de trazado y pavimentación, y al mismo tiempo se deben dar unas condiciones meteorológicas y ambientales idóneas.

En estos casos no se perderán puntos hasta superar los 161 km/h. Sin embargo, la infracción máxima denominada Muy Grave, con retirada de 6 puntos y 600 € de multa, se hará efectiva desde la misma velocidad que en los tramos de 120 km/h, es decir, a partir de 191 km/h.

Otra novedad de esta ley es la que hace referencia a los autobuses: éstos no podrán llevar pasajeros de pie o sin cinturón de seguridad a más de 80 km/h por autopistas y autovías. Además, el límite de velocidad en todas las carreteras convencionales que tengan un ancho de 6,5 metros, como mínimo, se reduce de 100 km/h a 90 km/h. En el caso de que la calzada sea inferior de esta medida y con marcas de separación entre un sentido y otro, el límite también baja de 90 km/h a 70 km/h. Cuando no haya líneas separadoras de carriles, habrá que circular a un máximo de 50 km/h (antes 90 km/h) y a 30 km/h en vías secundarias sin pavimentar.

En ciudad se sigue manteniendo el límite de 50 km/h, aunque si la vía tiene un solo carril y es de sentido único, el límite se reduce a 30 km/h. Además, si las vías urbanas cuentan con una plataforma única de calzada y acera, no se podrá conducir a más de 20 km/h.

No sólo hay que tener en cuenta estas novedades, sino que también hay que recordar la tabla de velocidad 2015 y sanciones que te mostramos a continuación:

La sanción máxima de la nueva tabla de velocidades es la infracción Muy Grave, con retirada de 6 puntos y 600 € de multa. Se aplica para excesos de velocidad de más de 50 km/h en límites de 50 km/h o menores, y en excesos de más de 70 km/h en límites de 60 km/h o mayores, menos en el caso del límite de 130 km/h que se aplica desde excesos de más de 60 km/h. Si la infracción Muy Grave se realiza poniendo la seguridad de otros conductores en peligro, los agentes podrán detener al conductor por un delito contra la seguridad del tráfico que no se tramita por vía administrativa, sino que se juzga por vía penal y, además de la privación del carnet de conducir, puede acarrear una sentencia de 1 a 4 años de prisión según la gravedad del delito.

Fte:motor Mapfre

La eliminación del BTP, implica que todo informe de aptitud psicofísica relativo a la obtención o prórroga de vigencia de este permiso tan sólo podrá tramitarse hasta el 31 de diciembre 2015.  A partir del 1 de enero, ya no cabe expedición de ningún informe relativo a esta clase de permiso, ya que no habrá posibilidad de obtenerlo, ni de renovarlo.

Si durante estos días (siempre informes emitidos hasta el 31 de diciembre), tuviera que expedirse algún informe por una prórroga de vigencia (dentro de las causas previstas) en formato papel para la clase BTP, deberá ser comunicado de manera inmediata a la Jefatura e indicar a los ciudadanos, que acudan a nuestras dependencias a prorrogar la vigencia de su permiso antes del 12 de enero para evitar problemas en la confección del permiso.

En los permisos que se obtengan o renueven a partir del día 1 de enero ya no aparecerá en el modelo del permiso, el BTP.

Equipo Psicotécnico

*Información para conductores

Los anticatarrales y antigripales son combinación de varios fármacos o principios activos. Aunque no curan los catarros ni curan la gripe, sí alivian los diversos síntomas que caracterizan al catarro y la gripe. Tanto los síntomas como los propios medicamentos puedenafectar a la conducción.
Los preparados anticatarrales-antigripales no precisan receta médica. Estos medicamentos no son financiados por el sistema nacional de salud y, por ello, al comprarlos debemos pagar todo su precio.
El resfriado común y la gripe son infecciones virales muy frecuentes en las personas, en especial en invierno.
Con este tratamiento no intentamos combatir la causa de la enfermedad, sino que alivian su sintomatología de la misma, que suele ser muy molesta e incapacitante. En el caso de la gripe una medida muy recomendable esla vacunación.

El tratamiento con medicamentos anticatarrales mejora la sintomatología del paciente, pero aún así debemos procurar no conducir o hacerlo con gran precaución.De los componentes de los anticatarrales-antigripales, los fármacos antihistamínicos H-1 y los antitusígenos codeína y dihidrocodeína, afectan a la capacidad para conducir con seguridad.
El propio proceso (catarro o gripe) y los preparados farmacéuticos tomados para controlar la sintomatología, pueden interferir con la capacidad de conducción, y se produce una potenciación de estos efectos cuando se toman conjuntamente con alcohol. La consecuencia es clara: cero alcohol, ni una gota.

Fte:dgt

Desde la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) nos han trasmitido la importancia de renovar el certificado de firma electrónica inmediatamente, que utilizamos para tramitar los certificados ante tráfico, si éste fue expedido anterior a marzo de 2015.

Para comprobar si nuestro certificado necesita ser renovado debemos acudir a nuestro almacén de certificados como se muestra en la siguiente captura.
comprobando certificados
Los certificados que necesitan ser actualizados aparecerán emitidos por «FNMT Clase 2 CA», mientras que los nuevos aparecerán emitidos por «AC FNMT Usuarios».
Para renovarlos hay dos posibilidades: intentar hacerlo vía web desde la web de la fnmt.es utilizando el sistema de Renovación al tener un certificado en vigor. O bien realizar desde cero el mismo procedimiento para solicitar un certificado como el que se siguió la primera vez.
Para cualquier cuestión disponéis del correo de contacto [email protected] a vuestra disposición.
Equipo Psicotécnico