*Información para conductores.

   Aunque de momento es tan solo un proyecto, se pretende hacer una reforma de  la Ley de Tráfico y Seguridad vial que afectará tanto a conductores como a peatones. El siguiente paso para que dicha reforma siga adelante será remitirlo a las Cortes Generales para su aprobación en el Congreso. Aun así damos por sentado que se aprobará y estas medidas tendrán efecto antes de primavera.

  1. Nuevo límite máximo de velocidad de 130 km/hSólo tendrá efecto en tramos preparados y debidamente señalizados. También se prevé una reducción de la velocidad en las carreteras convencionales adecuándose a la anchura de la calzada, pero todos estos cambios no irán en la presente Ley sino en la modificación del Reglamento General de Circulación que se llevará a cabo próximamente. Si bien, no habrá modificación en el baremo de las sanciones. Independientemente de que el tramo sea de 120 o de 130 km/h, un exceso de 1 km/h de velocidad será suficiente para recibir 100 euros de sanción y exceder los 150 km/h conllevará 300 euros y detracción de dos puntos. El resto de sanciones tampoco se alteran de momento.
  2. Si los agentes lo requieren, cualquier conductor estará obligado a someterse a las pruebas de alcohol y drogas. Para ello se empleará una prueba salival para detección in situ y posterior análisis en laboratorio y el conductor tendrá derecho a una prueba de contraste mediante análisis de sangre. La detección de drogas en el organismo supondrá una sanción de 1.000 euros.
  3. Los peatones también estarán obligados a someterse a las pruebas de alcohol y drogas si han cometido una infracción o se han visto implicados en un accidente.
  4. En cuanto a los atropellos cinegéticos (animales de caza en libertad), la responsabilidad recaerá generalmente en el conductor salvo que el accidente se haya producido por acciones directas de la caza o por falta de reparación del vallado y mala señalización.
  5. Quedarán prohibidos todos los detectores de radar, interfieran o no en la señal de los sistemas de medición. Su utilización será sancionada con 200 euros y detracción de tres puntos. Los inhibidores también seguirán estando prohibidos y de ser detectados acarrearán 6.000 euros de multa y detracción de seis puntos. Los avisadores de tipo GPS (con base de datos de radares fijos) siguen estando permitidos.
  6. El Reglamento General de Circulación se modificará para que el uso del sistema de retención infantil adecuado se base en función de criterios de talla. Pero esta disposición aún no irá incluida en la Ley de Tráfico.
  7. Habrá dos nuevos supuestos de inmovilización de vehículo que afectarán a los transportistas: el incumplimiento de las condiciones de autorización (horario, peso máximo autorizado y otros) y conducir sin el permiso correspondiente para camión o autobús.

Fte: Diariomotor.com